IVA en psicología: qué está exento y qué no
La terapia sanitaria está exenta; talleres, formación o coaching llevan IVA.
Actualizado el 8 oct 2026 · 1 min de lectura
La exención del artículo 20.Uno.3º de la Ley del IVA depende del servicio, no solo de la persona.
Exento
La asistencia sanitaria con finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento prestada por un/a psicólogo/a sanitario/a: terapia individual, de pareja o familiar, evaluación clínica, también por videollamada.
Con IVA del 21 %
Talleres y formación, coaching, peritajes, selección de personal, charlas y consultoría para empresas.
Cómo lo aplica Vínculo
Cada servicio que publicas tiene su tipo de IVA. La terapia sale exenta por defecto y los talleres no sanitarios, al 21 %.
Si solo prestas servicios exentos, normalmente no presentas el modelo 303. Pero ojo con la publicidad o el software contratados a empresas extranjeras: pueden obligarte a declarar ese IVA. Consúltalo con tu gestoría.
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